El finiquito es el documento con el que trabajador y empleador dejan constancia del término del contrato y de los pagos que corresponden. Saber qué incluye y cómo se calcula te permite revisar que el monto sea correcto antes de firmar. Esta guía lo explica con un ejemplo, usando las reglas que informa la Dirección del Trabajo.
En resumen: el finiquito suma las remuneraciones pendientes, el feriado proporcional y, según la causal de término, la indemnización por años de servicio y la indemnización sustitutiva del aviso previo. Puedes estimarlo con la calculadora de finiquito.
Qué conceptos puede incluir
1. Remuneraciones pendientes
Los días trabajados del último mes que aún no se han pagado, y cualquier otro pago adeudado.
2. Feriado proporcional (vacaciones)
Si al terminar el contrato tienes vacaciones pendientes, se pagan en proporción al tiempo trabajado. Con 15 días hábiles de feriado al año, se devengan 1,25 días hábiles por cada mes trabajado (y fracción) desde tu última anualidad. Esos días se cuentan en días corridos, es decir, incluyen sábados, domingos y festivos, y se pagan con la remuneración íntegra: el sueldo, sin la gratificación mensual ni los bonos de colación y movilización.
3. Indemnización por años de servicio
Corresponde cuando el empleador pone término al contrato por necesidades de la empresa o por desahucio, y el trabajador tiene al menos un año de contrato. Su cálculo:
- 30 días de remuneración por cada año de servicio.
- Una fracción superior a seis meses se cuenta como un año completo.
- Máximo de 11 años (330 días).
- La remuneración mensual que se usa tiene un tope de 90 UF.
Quien renuncia voluntariamente, en general, no tiene derecho a esta indemnización, salvo que se haya pactado.
4. Indemnización sustitutiva del aviso previo
Si el empleador termina el contrato por necesidades de la empresa y no entrega un aviso escrito con 30 días de anticipación, debe pagar una remuneración mensual (también con tope de 90 UF). La Dirección del Trabajo indica que se paga completa, sin prorratear por los días de aviso que sí se dieron.
Ejemplo con cifras
Supón un contrato desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 15 de octubre de 2026, sueldo de $1.000.000, término por necesidades de la empresa, sin aviso previo y sin vacaciones tomadas en el período en curso:
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Años de servicio | 6 años y 7,5 meses → se cuenta como 7 años | |
| Indemnización por años de servicio | 7 × $1.000.000 | $7.000.000 |
| Indemnización sustitutiva del aviso previo | 1 remuneración | $1.000.000 |
| Feriado proporcional | 7,5 meses × 1,25 = 9,38 días hábiles ≈ 13,1 días corridos × ($1.000.000 ÷ 30) | $437.500 |
| Total estimado (antes de descuentos) | $8.437.500 |
Si en cambio la persona renuncia, solo corresponderían las remuneraciones pendientes y el feriado proporcional: unos $437.500 en este ejemplo.
Los días corridos del feriado son una estimación: los festivos del período pueden agregar días. Puedes repetir el cálculo con tus fechas y montos en la calculadora de finiquito.
Cómo se firma: ratificación ante un ministro de fe
Según la Dirección del Trabajo, para que el empleador pueda invocar el finiquito, debe ser firmado por el trabajador y ratificado ante un ministro de fe: un inspector del trabajo, un notario, un oficial civil o un secretario municipal (también puede firmarse con el presidente del sindicato o el delegado del personal). Antes de ratificarlo, el ministro de fe debe pedir al empleador que acredite el pago de las cotizaciones de pensiones, salud y seguro de cesantía hasta el último día del mes anterior al despido. Si hay cotizaciones adeudadas, el finiquito no pone término al contrato.
Qué revisar antes de firmar
- La causal de término que se indica. La Dirección del Trabajo aconseja no firmar si no estás de acuerdo con ella.
- Que cada concepto y monto esté detallado y coincida con tus cuentas.
- Las cotizaciones: que estén pagadas al día.
- La reserva de derechos: si crees que se te adeuda algo, puedes dejar constancia en el finiquito con la expresa reserva de esos derechos y aceptar el resto de los pagos.
- Las fechas: inicio y término del contrato.
Qué no cubre esta guía
Si el despido se declara injustificado, indebido o improcedente, un juez puede ordenar recargos sobre la indemnización. Tampoco se detallan casos especiales, como el feriado progresivo o contratos anteriores a diciembre de 1990, que tienen reglas particulares. Para una situación concreta, consulta a la Dirección del Trabajo o a un abogado laboral.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto demora el pago del finiquito?
ChileAtiende informa que el finiquito debe otorgarse y ponerse su pago a disposición del trabajador dentro de 10 días hábiles desde la desvinculación. Verifica el plazo con tu caso en la Dirección del Trabajo.
¿Si renuncio, me corresponde indemnización?
En general, no la indemnización por años de servicio. Sí corresponden las remuneraciones pendientes y el feriado proporcional.
¿Los días de vacaciones ya tomados se descuentan?
Sí: el feriado proporcional considera solo los días devengados que aún no has tomado.
¿Cómo se relaciona con mi liquidación de sueldo?
La base del cálculo son tus remuneraciones. Si quieres repasar qué incluye cada línea, lee cómo leer tu liquidación de sueldo.
Fuentes: criterios de la Dirección del Trabajo sobre el límite de la remuneración en la indemnización por años de servicio, el cálculo del feriado proporcional, la indemnización sustitutiva del aviso previo y la ratificación del finiquito. Valor de la UF: Banco Central de Chile. Esta guía es informativa y no constituye asesoría legal.